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Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás...

Bolivia, único país en el mundo que elige a sus jueces por voto popular

Por: Ollantay Itzamná
El próximo domingo, 03 de diciembre, cerca de 6.5 millones de bolivianos/as acudirán a las urnas para elegir, por voto popular directo, a 52 magistrados del organismo judicial. Sí, aunque Ud. no lo crea, el pueblo elegirá por voto popular a sus principales jueces nacionales, por segunda vez. La primera vez lo hicieron en 2011.
Un total de 597 candidat@s fueron postulantes para estas elecciones. De ell@s, 96 fueron preseleccionados por la Asamblea Legislativa Plurinacional (en base a sus méritos académicos y laborales). De estos, 18 serán electos como magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia (9 titulares, 9 suplentes); 18 para el Tribunal Constitucional Plurinacional (9 titulares, 9 suplentes); 10 para el Tribunal Agroambiental (5 titulares, 5 suplentes); y 6 para el Consejo de la Magistratura (3 titulares, 3 suplentes).
Estos jueces, al igual que el resto de las autoridades públicas por elección popular, son revocables. El tiempo de sus funciones es de 6 años, sin posibilidad de reelección.
Para el Tribunal Constitucional Plurinacional, el Art. 197 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia dispone: “… estará integrado por magistrados/as elegidos con criterio de plurinacionalidad, con representación del sistema ordinario y del sistema indígena originario campesino”. De esta manera, se garantiza la representación de pueblos indígenas y campesinos.
A diferencia de otros procesos electorales, en las elecciones judiciales, los candidatos no deben estar adscritos a ningún partido político (no hacen campaña electoral por sí mismos).
Es más, sólo el Órgano Electoral Plurinacional está autorizado para difundir el perfil y las propuestas de todos los y los candidatos, en igual proporción y tiempo, en los medios de información. Y lo realiza en los cuatro idiomas más hablados del país.
No existe país en el mundo, mucho menos los países con democracias “avanzadas”, donde los magistrados o jueces principales sean electos por voto popular. En 5 de los 50 estados de los EEUU de Norteamérica también se eligen jueces, pero no es de alcance nacional.
¿Por qué Bolivia optó por la elección de jueces por voto popular?
El nefasto sistema neoliberal convirtió a Bolivia en una marca mundial en la corrupción pública, en tiempos muy recientes. A principio del presente siglo, el país se coronaba como campeona y/o sub campeona en corrupción pública internacional. Pero, ningún funcionario público era investigado y/o condenado por esos u otros delitos públicamente evidenciados.
Diputados y senadores de los partidos políticos, entre patadas y puñetazos, se distribuían los cupos de los tribunales de justicia para elegir a sus allegados, quienes a su vez, por este favor, jamás les investigaban/juzgaban como acto lealtad política a sus padrinos políticos corruptos.
Fue en ese contexto de corrupción pública generalizada del sistema judicial nacional, y la impunidad cínica de los políticos, que se optó por las elecciones de magistrados por voto popular. Y así se dispuso en la Constitución Política del Estado Plurinacional (2009).
La finalidad fue democratizar el sistema judicial mediante elección popular de los magistrados, y así atenuar los males del sistema judicial como: la retardación de la justicia, la desigualdad en el acceso a la justicia, el cuoteo político del organismo judicial, entre otros.
¿Por qué la teoría política de la democracia occidental no permite la elección de jueces por voto popular?
La moderna teoría política del Estado democrático plantea como uno de sus principales bases la división e independencia de los clásicos tres órganos de poder de todo Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Los integrantes del Legislativo y del Ejecutivo deben ser electos por voto popular.
Los integrantes del sistema Judicial, según esta teoría política occidental, deben ser nombrados por los “representantes políticos de turno”, NO pueden ser electos por voto popular. Esto, para prevenir a los pueblos de la “tiranía judicial de las mayorías políticas circunstanciales”.
Bajo este argumento arcaico, y contrastante con la realidad, abogados como Zaffaroni o políticos como Macri repelieron en la Argentina reciente la democratización del sistema judicial de dicho país.
Después de más de 200 años de la vigencia de esta premisa democrática, se constata que los sistemas judiciales son evidentes botines políticos que sirven para enriquecer/proteger con la impunidad a los políticos-empresarios-militares corruptos, y en no pocos casos para criminalizar a defensores de derechos.  Los estados neoliberales llevaron esta perversión a su máxima expresión.
En otros términos: la justicia es imparcial (buena) en la medida que los jueces sean electos por los ricos, pero es mala y populista si los juzgadores son electos por voto popular. Y, lo más aberrante, aún hay humanidad que asume esta falacia como verdad.
¿Qué resultados dejó en Bolivia la elección de jueces en 2011?
La primera elección, por voto popular, de magistrados, como proceso, hizo que las y los bolivianos se interesen y debatan la elección de sus magistrados. Antes, el nombramiento de magistrados era tan desconocido/misterioso/corrupto como los contratos “reservados” de privatización en la época neoliberal. Ahora, es la ciudadanía (rural y urbana) quien decide quiénes serán sus magistrados, aunque luego de un filtro previo de candidatos en el Legislativo.
El sistema judicial boliviano, hace una década atrás, había tomado la misma o peor velocidad de caída libre de sus pares de Honduras o Guatemala. En la actualidad, en estos países, la gente no sólo desconfía de los jueces impuestos por los ricos, sino que los repudian, y “dirimen” los conflictos jurídicos con pistola y machete (promedio de 20 asesinatos por día).
Y, del total de estos asesinatos a mano armada, sólo un promedio del 5% es llevado al sistema judicial. Sin el cambio judicial impulsado en Bolivia, el país sería una marca mundial en criminalidad.
Los males capitales del sistema judicial boliviano (corrupción, retardación, discriminación…) aún persisten. En el país sólo existe un total de 1,008 jueces para resolver un total de más de 800 mil causas en trámite. De esos mil juzgadores, apenas se elige, por voto popular, a 52. Pero, nadie puede dudar del inicio de la democratización del sistema judicial.
Hace falta, no sólo aumentar la calidad y cantidad de juzgadores, y presupuesto económico correspondiente, sino, sobre todo, actualizar/modificar las currículas de formación universitaria para profesionales del derecho. Hace falta que boliviano/as transiten de víctimas o espectadores (del asunto judicial) a defensores/actores de derechos en el sistema judicial. Hace falta incursionar en la cultura de la conciliación, antes que el litigio judicial.
En este contexto, todo proceso de democratización judicial, por más incipiente que fuese, es siempre benigno para los pueblos. La pregunta es: ¿quiénes y por qué será que se oponen o convocan a voto nulo en las elecciones judiciales en Bolivia? ¿No será que temen perder el último “gancho” del cual pende su impunidad y privilegios legalmente permitidos?


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