Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás...
Por: Farit Rojas Tudela
Justicia es una palabra que se usa en
un contexto moral, político y jurídico, que ocupa un lugar importante en una
serie de teorías sociales, jurídicas y políticas. Para muchos politólogos y
juristas es el concepto central que estructura la vida pública y justifica el
ejercicio del poder público; aunque los debates sobre lo que es o no la
justicia han dificultado tener una teoría comprensiva y acabada sobre lo que es
justo.
Posiblemente la Teoría de la Justicia
de John Rawls sea la que ha gozado de mayor difusión, pero también la que ha
generado más discusiones y controversias, al punto que Rawls reformuló su
teoría varias veces. El filósofo estadounidense sostiene que las instituciones
de justicia de una sociedad deben ser racionales y promover los principios de
libertad y de diferencia. Justamente los alcances de estos dos principios han
sido motivo de múltiples reformulaciones y muchas críticas.
El principio de libertad se refiere
al derecho de iguales libertades e iguales derechos básicos para todos; y el
principio de diferencia se refiere a que las desigualdades sociales y
económicas deben procurar beneficiar a los menos favorecidos de la sociedad. De
esta manera la existencia de gente más aventajada es buena y favorece a los
menos aventajados, por ejemplo, a partir del impuesto progresivo a la renta y
la redistribución de estos ingresos en bienes básicos para todos.
Rawls no realiza una teoría de la
decisión justa ni de la argumentación jurídica de una sentencia, esto es muy
importante, porque no vaya a pensarse que si los jueces leyeran las teorías de
Rawls dictarían sentencias más justas, no. La teoría de Rawls trata sobre las
instituciones justas de la sociedad (o del modelo racional del diseño de estas
instituciones justas) desde los márgenes de un liberalismo político, y supone
un individuo racional universal que vive en una sociedad democrática y liberal
dispuesto a ser juzgado por una justicia procedimental perfecta, es decir por
una justicia que se funda en instituciones racionales con procedimientos
racionales y de aplicación universal. Se trata de una justicia que apunta a un
deber ser procedimental racional.
Por ello, la teoría de Rawls no
otorga respuestas al clásico cliché que reza “lo que para ti es justo puede que
para mí no lo sea”. Rawls no plantea una discusión respecto a la justicia como
un fin, sino respecto a los medios necesarios para arribar a un diseño
institucional justo para una sociedad democrática y moderna.
Desde las
primeras ediciones de la Teoría de la Justicia en los 70 hasta su última
reformulación en los apuntes de clases publicados con el nombre de La justicia
como equidad, una reformulación a finales de los 90, John Rawls ha fundamentado
la necesaria relación entre la Filosofía Política y el Estado de Derecho.
(en un próximo artículo expondremos la teoría de Justicia del análisis marxista)
(en un próximo artículo expondremos la teoría de Justicia del análisis marxista)
y Twitter: @escuelanfp
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