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El fascismo está actuando en Santa Cruz, el gobierno debe investigar

Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás

Independencia judicial, elección de altas autoridades del Órgano Judicial y democracia sustancial




Por: Maria Cecilia Rocabado Tubert

Independencia judicial y crisis democrática

A lo largo de nuestra historia se ha cuestionado la existencia o no de independencia judicial y ello ha sido visto únicamente a partir de la intromisión del Órgano Legislativo o del Órgano Ejecutivo al Judicial; es así que, en la Asamblea Constituyente se discute este aspecto y se concluye que nos encontramos en una crisis del sistema de justicia; a partir de estas premisas se propone una fórmula de legitimación democrática formal de su independencia a través de la elección de las Altas Autoridades del Órgano Judicial, mediante sufragio universal y parecería, cual las propuestas gubernamentales, que este es el mal que habría sumido a la justicia en una debacle difícil de resolver. Sin embargo, en el mundo entero se vive la crisis del derecho que se traduce en crisis del principio de legalidad y en definitiva del Estado Constitucional, aquel por el cual el pueblo boliviano a votado el 7 de febrero del 2009 y que, en palabras de Ferrajoli “se resuelve en la reproducción de formas neo-absolutistas del poder público, carentes de límites y de controles y gobernadas por intereses fuertes y ocultos, dentro de nuestros ordenamientos”; ejemplos tenemos varios, el caso de Costa Rica con la destitución de cuatro magistrados de la Corte Constitucional por las decisiones tomadas, Honduras, Italia y también Bolivia entre otros.

Esta crisis del derecho y de los sistemas de justicia, pone en evidencia la crisis de la propia democracia, y si entendemos por crisis una mutación importante en el desarrollo de un proceso o la duda de su continuación, modificación o cese, tendríamos que concluir que, avanzamos a un deterioro de la propia democracia; pues, la fuente más importante de legitimación democrática de los jueces y de su independencia es fundamentalmente la de garantizar la vigencia plena de los derechos constitucionales, la de ejercer la función judicial con transparencia, con equidad, con las reglas del debido proceso, buscando la verdad material y la vigencia real de la Constitución.   El Órgano Judicial en esencia debe ser el controlador de los límites del poder político y el encargado de hacer prevalecer el derecho a la igualdad frente a la desigualdad real y social y en ello radica el principio de que, la potestad de impartir justicia emana del pueblo (Art.178 CPE.), porque es la voluntad popular en un Estado Social de Derecho la que, exige el ejercicio de derechos individuales y sociales y su garantía de cumplimiento.   En este entendido, no solamente hemos avanzado en Bolivia  en términos de democracia formal con la elección directa de las Altas Autoridades Judiciales, sino también del modelo de Estado, al haber aprobado un sistema garantista de derechos que, les da a los juzgadores el desafío de su aplicación y de la interpretación extensiva, no restrictiva de los derechos fundamentales, frente a arbitrariedades del poder público; el cual, debe replantearse la forma de ejercicio de poder vertical y absolutista, a la forma horizontal y de dialogo con el pueblo que le ha otorgado un mandato.

El reto de la realidad, Estado Constitucional y elección de Altas Autoridades Judiciales

Cuando hablamos de Estado Constitucional lo hacemos como modelo garantista, aquel que exige jueces idóneos y capaces para el respeto y ejercicio de los derechos fundamentales, por ello, la propuesta discutida en el seno de la Carrera de Derecho de la UMSA y en el Sistema de Universidades, se basa en dotar al juzgador de todos los niveles, de la mayor calidad profesional, a través de concursos públicos, abiertos, con amplia publicidad donde pueda, cada postulante demostrar su solvencia e idoneidad profesional; las evaluaciones deben ser por tanto rigurosas y participativas.     El artículo 158,inciso 5) de la CPE.  otorga al Órgano Legislativo la atribución de preselección de candidatas y candidatos a Altas Autoridades de Justicia, esta instancia política debe ser alimentada con la representación de todas las organizaciones de la sociedad civil, sin que allí medie corrupción y prebenda, incluyendo Municipios, Universidades públicas y privadas, Colegios de Abogados y la participación general de la población por la amplia y obligatoria  publicidad que será garantía de transparencia; lo que conlleva a una modificación de la Ley del Órgano Judicial y de los artículos 75 al 84 de la Ley de Régimen Electoral y no así de la Constitución; lo cual también deberá unirse a un debate y reforma de la Ley de Juicio de Responsabilidades de estas Altas Autoridades, en los marcos de la vigencia de un debido proceso.

En la misma línea, la elección de jueces inferiores debe ser efectuada por el máximo órgano administrativo económico, cual es, el Consejo de la Magistratura donde también se debe incorporar el sistema de concurso público, abierto y participativo con las organizaciones de la sociedad civil, universidades públicas y privadas, municipios, colegios de abogados y otros. Finalmente, es importante resaltar la elección de servidores públicos subalternos o de apoyo que, debe ser una tarea de las Universidades públicas y privadas y colegios de abogados, de acuerdo a las necesidades del Órgano, desde los llamados pasantes, hasta Auxiliares y Oficiales de Diligencia; pues, allí, se podrán dar convocatorias abiertas, concursos públicos que incluyan record de notas y sea un premio a las y los mejores alumnos; se deja finalmente, la elección de Secretarias(os) al Consejo de la Magistratura con concursos similares.

En suma, la elección de Altas Autoridades y la modificación de la forma de pre-selección debe ir acompañada con los primeros pasos de independencia interna que, conlleve a la no manipulación y prebenda en todos los niveles de la administración del Órgano Judicial y esto con la transformación de la formación de mujeres y hombres de derecho, munidos no solo de los principios liberales conocidos, sino de los de complementariedad, reciprocidad y esencialmente armonía; pues, la superación y deconstrucción del derecho, hace al ejercicio de una democracia respetuosa de derechos y garantías constitucionales y plurales y a la vigencia plena del modelo garantista y del Estado de Derecho Plurinacional Comunitario que hoy rige en Bolivia y que, hay que preservarlo; pues, no solamente, es una conquista histórica el ejercicio de la democracia representativa para la elección de Altas Autoridades del Órgano Judicial, debe ser también la intangibilidad de los derechos fundamentales, la idoneidad y capacidad profesional de los juzgadores sometidos al Estado Constitucional y no al temor o arbitrio de los gobernantes de turno. 

 Abogada especialista en materia penal y constitucional
 Docente titular de la Carrera de Derecho y Cs. Políticas (UMSA)


Publicado en el Semanario La Época


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