Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás...
Por:
Amílcar Salas Oroño
Con
un clima político fascistizado y lenguajes sociales cada vez más marcados por
valores antidemocráticos, con dirigencias (de los órdenes que sean) cada vez
más degradadas, con militares que twittean amenazas y medios de comunicación
que encuadran su significado, sin un horizonte claro respecto de los contornos
institucionales futuros, el Supremo Tribunal Federal (STF) hizo su contribución
funcional. Negó el pedido (de habeas corpus) presentado por la defensa de Lula
para que éste pudiera esperar en libertad la revisión final de su sentencia,
tal como lo admite la Constitución y en sintonía con la presunción de inocencia
que supone un Estado de derecho.
Esto
no significa que Lula vaya inmediatamente a prisión: para que esto ocurra
tendrá que ejecutarse el correspondiente pedido de detención, circunstancia que
no puede adelantarse a la resolución definitiva de los recursos antepuestos
(por la defensa) al Tribunal de 2º Instancia, con fecha de respuesta última
para el 10 de abril. Tampoco significa que Lula haya quedado invalidado como candidato
presidencial para octubre, una condición que corresponderá ser analizada
eventualmente por el Tribunal Superior Electoral (TSE) una vez que haya sido
registrada la candidatura (el plazo es el 15 de agosto). Ante la circunstancia
segura de que aparezcan impugnaciones, el mérito de su condición será objeto
pasible de estudio en el propio Supremo Tribunal Federal (STF), porque según la
ley brasileña los derechos políticos –votar y ser votado – son suspendidos sólo
cuando hay una sentencia penal condenatoria finalizada, cosa que todavía no ha
ocurrido.
De
allí la posibilidad, altamente paradójica pero coincidente con la democracia
desquiciada por la que atraviesa Brasil, de que Lula continúe candidato aun
estando preso. Esto no significa que haya posibilidades auspiciosas en medio de
la tormenta; todo lo contrario, es simplemente la constatación del derrumbe
institucional. Y aquí es donde vale la pena recordar que se trata de una
coyuntura estructurada desde un golpe, desde una alteración al Estado de derecho:
el primer paso (del golpe) se hizo sobre el Poder Legislativo, para garantizar
el impeachment a Dilma Rousseff; el segundo acto, un año después, fue poner
contra las cuerdas al mismo Poder Ejecutivo, limpiando del Gobierno de M. Temer
cualquier supuesta autonomía peemedebista sobre el proceso, convirtiendo al
presidente en una figura completamente maniatada; y el tercer momento del drama
encuentra al Poder Judicial – en su instancia máxima- a merced de la
organización general de las condiciones que permitan habilitar las elecciones
presidenciales, claramente sin el principal líder de las encuestas. Es que el
reordenamiento ha sido en todos los órdenes, y por eso es difícil pensar que
algún estamento institucional pueda servir para una recuperación democrática.
Un golpe es eso, un golpe, y no hay muchas ilusiones que puedan extraerse de
tal circunstancia. En ese sentido, la resolución del STF es el desdoblamiento
de un mismo punto de partida.
El
golpe, la justicia y la organización de la sociedad
No
está de más recordar que el expediente que condenó a Lula a una pena de doce
años y un mes, bajo el cargo de corrupción y lavado de dinero – en función de
la titularidad de un inmueble en Guarujá, en el Estado de San Pablo, del que
nunca fue propietario(¡!)- no consideró las líneas elementales de un debido
proceso: en lo que respecta a la instrucción, se utilizaron muy pocas pruebas
substantivas y se recogieron pruebas ilícitas; hubo en varios casos
conducciones forzadas a declarar y testimonios prestados bajo modalidades
coercitivas alejadas de los procedimientos habituales; buena parte de los
indicios (de pesquisa) vinieron de “arrepentidos” que llevaban varios meses de
reclusión, algo contrario a cualquier sistema (jurídico) que promueva la
garantía de los derechos personales como presupuesto; por diversos actos
también quedó en claro el trato diferencial que hubo con Lula como denunciado,
alterando el principio de isonomía en lo que respecta al derecho a una libre y
amplia defensa; fue notoria y alevosa, en su momento, la arbitrariedad del Juez
Sergio Moro con el principio de la publicidad de los actos judiciales, abusando
de su exposición de una forma notable, aprovechando la maniobra para
deconstruir y estigmatizar a Lula y la izquierda en general; y ni hablar de la
permanente evasión sobre el principio de inocencia, precisamente algo que
volvía a considerarse (con la ilusoria expectativa de que se repararan las
desviaciones anteriores) con el habeas corpus tratado por el Supremo Tribunal
Federal (STF), que terminó como terminó.
Es
que todo golpe desarma los contextos previos e impone criterios y regularidades
fuera de lo convenido hasta el momento por los valores estimados de esa
comunidad. Ahora, cuando lo que entra en contradicción es la condición de lo
que supone el “ejercicio de la libertad” (artículo 5 de la Constitución
brasileña) es que el golpe es de una naturaleza nada superficial ni episódica,
pues afecta un aspecto sensible y reconocible de la dinámica colectiva. Si
sobre lo que significa el “ejercicio de la libertad” no hay mínimos
entendimientos, el panorama pasa a ser más que preocupante. Es lo que
precisamente alegó uno de los ministros, R. Lewandowski, al desarrollar la
discusión en torno a que “la persona debe mantenerse libre, siendo la excepción
su prisión”, como aparece con claridad en el artículo 283 del Código de Proceso
Penal. En ese sentido, Lula debería permanecer libre hasta el final del proceso
y, entonces, de no registrarse nuevas interpretaciones, ser objeto de la punición
estatal. No antes. No es lo que se definió en el STF.
Y
no es casualidad esta situación, pues todo golpe trae consigo un nuevo
significado de la libertad; sea en relación con lo que tiene que ver con las
libertades políticas (por ejemplo, aquí el acto de votar se devalúa, en la
medida en que quien está en la Presidencia nunca fue votado), sea en lo que
tiene que ver con las libertades civiles ( el clima recalcitrante de
intolerancia que se viene asentando en los últimos años, agudizado sin dudas
estas últimas semanas, asesinato de Marielle y disparos a las caravanas de Lula
mediante) o sea la libertad a secas: bajo el Gobierno de M. Temer, Brasil
alcanzó el deshonroso mérito de convertirse en el 3º país del mundo en cantidad
de presos, llegando casi a 800.000. ¡Qué diferencia respecto de los logros que
tiene Lula para mostrar de sus gobiernos! Más claro imposible: cuando la
institucionalidad se derrumba y la democracia se desquicia, y no hay principios
de un orden legítimo, sólo queda en pie el hecho de organizar la dialéctica
social por la fuerza. Ya se sabe: eso implica el reino de la incertidumbre y
que sea lo que sea, y que cada uno se las arregle.

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