Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás...
Por: Sebastian Michel
Legislar
el aborto lleva a un escenario de derechos confrontados entre los defensores
del derecho a la vida desde la concepción hasta aquellos que defienden el
derecho de la mujer a definir si quiere -o no-ser madre.
Bolivia
ha decidido proteger la vida desde la concepción. Por esa razón la ley civil
defiende los derechos desde la concepción, pero con los consecuentes
beneficios; el sistema de salud le da a la madre el bono Juana Azurduy, para
que tenga acceso a salud gratuita y controles periódicos durante el
embarazo; El estado le da a todas las
madres embarazadas una dotación alimenticia que se extiende hasta que el niño
cumple un año. Durante ese tiempo y en defensa de la vida hemos decidido la
estabilidad laboral de la madre y del padre del no nato hasta que cumpla un año
de vida. Hemos priorizado entrega de viviendas y tierra a madres con hijos y
embarazadas. Incluso le hemos quitado al hombre el derecho a decidir si quiere
-o no- ejercer la paternidad, tipificando el abandono a mujer embarazada y
obligándolo al pago de asistencia familiar.
Coincido
con la norma que defiende la vida desde la concepción y estoy en contra de que
se constituya en un derecho de opción de las mujeres. Pero estoy mucho más en
contra hacia la otra posición extrema que pretende dañar y dejar sin porvenir
la vida de la mujer. Tenemos que legislar para regular las excepciones de este
derecho a la vida, según los tiempos científicos del embarazo.
Entendamos
que hasta la segunda semana no existe concepción, por esa razón las mujeres no están
embarazadas. Al concluir este periodo, recién se puede hablar de concepción. En
estas dos semanas queda claro que no existe el aborto ya que no hay embarazo.
Por esa razón quienes se oponen a métodos anticonceptivos y a la pastilla del
día después, son unos irresponsables con el futuro de muchas niñas que pueden
quedar efectivamente embarazadas. Aquí si existe un derecho pleno a decidir y
si es un tema de salud pública. Estas dos semanas no necesitan más que repartir
estas pastillas de manera pública. Es la mejor opción para el embarazo no
deseado.
Desde
la semana dos hasta la semana 12 (hasta el mes 3) es una etapa embrionaria, es
decir se inicia con la concepción y concluye con un embrión de 4 centímetro y 5
gramos. En esta etapa muchas mujeres tienen pérdidas sin notarlo. Aquí se está
a tiempo límite de hacer una intervención que genere una excepción al derecho
de la vida en cinco causales. Por violación, incesto, estupro, por minoría de
edad, por pobreza extrema, y por razones clínicas que pongan en riesgo la vida
de la madre. Para estas causales no es necesario una sentencia del juez, solo
se necesita una declaración jurada de cumplir causales.
A
partir de la semana 12 ya podemos hablar de la existencia de un feto todavía
difícil de definir, pero con corazón y cerebro en desarrollo. En esta etapa las
causales se reducen a dos posibilidades riesgo de vida de la madre y mal
formaciones físicas o mentales del feto que den evidencia de una tortura
innecesaria. En este caso tampoco se necesita decisión judicial, solo criterio
del médico consultado con la madre.
Ninguna
madre quiere usar el aborto como método anticonceptivo, por esa razón podemos
seguir ratificando como país la protección del derecho a la vida como eje
central del futuro de la humanidad, y las causales solo deben ser dolorosas
excepciones.
Finalmente,
un aspecto fundamental en las democracias es la objeción de conciencia. Es un
derecho que garantiza y materializa la libertad de pensamiento y la libertad de
culto en temas esenciales a la vida. Por esa razón el sistema público no puede
obligar a un médico a practicarlo en contra de sus creencias, este no puede ser
sancionado ni despedido por oponerse. El sistema de salud debe dar la opción a
las madres en el sistema público, pero no puede obligar a los médicos a
practicar abortos si va contra sus creencias.
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