Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás...
Por: Walker
San Miguel Rodríguez
El
próximo lunes la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dará lectura a la
sentencia relacionada al diferendo por el límite marítimo entre Perú y Chile.
En 2008, el Gobierno peruano pidió a la CIJ que delimite su frontera marítima
con Chile en el océano Pacífico, puesto que habían sido infructuosas las
gestiones para lograr un acuerdo directo con ese país. Perú acudió a La Haya
invocando el Pacto de Bogotá, firmado por todos los países del sistema
interamericano en 1948, instrumento que somete a jurisdicción de la CIJ las
divergencias de Derecho Internacional entre las partes.
Perú
sostiene que no existe un tratado internacional que fije la frontera marítima
con su vecino y que el Tratado de Lima de 1929 solo fijó la frontera terrestre
con Chile y no así el límite marítimo. Chile rechaza la postura peruana al
señalar que las declaraciones de 1952 y 1954 fijaron como límite marítimo el
paralelo geográfico y que la práctica internacional reafirmó ese criterio.
¿Cómo
será el fallo que emita la CIJ? ¿Asumirá en todo o en parte la solicitud
peruana o concederá razón al argumento chileno? Si la Corte acepta que el
límite no sea la línea paralela tendrá que trazarlo y para ello tendría que
utilizar los principios de equidad que precisamente el Perú reclama. En ese
caso el demandante se considerará triunfador de la contienda con independencia
de cuanto se mueva la línea fronteriza hacia el sur. Un cambio, así sea mínimo,
que defina la Corte modificará también la zona económica exclusiva y las aguas
internacionales e incidirá en la riqueza pesquera.
El
equipo jurídico del Perú, conducido por el francés Alain Pellait, ha demostrado
una extraordinaria idoneidad jurídica para sustentar un caso con fuertes raíces
históricas que emerge de la posguerra del Pacífico que enfrentó a Perú y
Bolivia contra Chile. El conflicto bélico se zanjó a favor de Chile, pero las
controversias emergentes de la interpretación y aplicación de los tratados no
han concluido. Bolivia ha llevado la peor parte, pues ha quedado sin acceso
soberano al Pacífico y el “libre tránsito” que proclama el Tratado de 1904 es
una frase sin contenido, basta ver lo que sucede en Tambo Quemado, Charaña,
Arica e Iquique para darse cuenta del drama de un país enclaustrado como el
nuestro.
Chile
le ofreció a Bolivia un corredor de ocho kilómetros de ancho a lo largo de su
frontera con Perú en 1975 para terminar con la mediterraneidad que el propio
Chile provocó en la Guerra de 1879. Ese corredor sale al Pacífico por la línea
paralela y por eso Bolivia ha señalado dentro el litigio marítimo entre Perú y
Chile que tiene derechos espectaticios y lo refrendará en la memoria que presentará
en abril dentro la controversia que ha deducido contra Chile hace más de un
año. El tribunal de La Haya no podría ignorar la demanda boliviana, pues ya ha
tomado conocimiento de ella.
Al
fin y al cabo los problemas emergentes de 1879 siempre involucraron a tres
Estados, el Protocolo Complementario al Tratado de Lima de 1929 menciona a
Bolivia como “tercera potencia” que carece de salida soberana al Pacífico y en
el proceso de negociación de Charaña se aplicó dicho instrumento, con el fin de
otorgarle a Bolivia una salida y un puerto, proceso que fracasó porque Chile
pidió una “compensación territorial”.
En
strictu sensu un fallo en justicia, aplicando los principios universales del
Derecho Internacional, debería involucrar a tres y no solo a dos Estados.
Bolivia pudo incluso invocar una tercería en el proceso que concluirá el 27 de
enero, pero prefirió presentar una demanda pidiendo lo que en justicia le
corresponde: una salida y un puerto soberanos. Así que la historia no acaba
este 27 de enero, sino que continuará hasta que Bolivia sea reparada de la
grave injusticia de la que fue objeto.
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