Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás...
Adoptada por la 34ª Asamblea Médica Mundial Lisboa,
Portugal, septiembre/octubre 1981 y enmendada por la 47ª Asamblea General Bali,
Indonesia, septiembre 1995 y revisada su redacción en la 171ª Sesión del
Consejo, Santiago, Chile, octubre 2005
INTRODUCCION
La relación entre los médicos, sus pacientes y la sociedad toda ha sufrido
importantes cambios en los últimos años. Aunque el médico siempre debe actuar
de acuerdo a su conciencia y en el mejor interés del paciente, se deben hacer
los mismos esfuerzos a fin de garantizar la autonomía y justicia con el
paciente. La siguiente Declaración representa algunos de los derechos
principales del paciente que la profesión médica ratifica y promueve. Los
médicos y otras personas u organismos que proporcionan atención médica, tienen
la responsabilidad conjunta de reconocer y respetar estos derechos. Cuando la
legislación, una medida del gobierno, o cualquier otra administración o
institución niega estos derechos al paciente, los médicos deben buscar los
medios apropiados para asegurarlos o restablecerlos.
PRINCIPIOS
1.
Derecho a la
atención médica de buena calidad
a.
Toda persona tiene derecho, sin discriminación, a una
atención médica apropiada.
b.
Todo paciente tiene derecho a ser atendido por un
médico que él sepa que tiene libertad para dar una opinión clínica y ética, sin
ninguna interferencia exterior.
c.
El paciente siempre debe ser tratado respetando sus
mejores intereses. El tratamiento aplicado debe ser conforme a los principios
médicos generalmente aprobados.
d.
La seguridad de la calidad siempre debe ser parte de
la atención médica y los médicos, en especial, deben aceptar la responsabilidad
de ser los guardianes de la calidad de los servicios médicos.
e.
En circunstancias cuando se debe elegir entre
pacientes potenciales para un tratamiento particular, el que es limitado, todos
esos pacientes tienen derecho a una selección justa para ese tratamiento. Dicha
elección debe estar basada en criterios médicos y debe hacerse sin
discriminación.
f.
El paciente tiene derecho a una atención médica
continua. El médico tiene la obligación de cooperar en la coordinación de la
atención médicamente indicada, con otro personal de salud que trata al
paciente. El médico puede no discontinuar el tratamiento de un paciente
mientras se necesite más tratamiento indicado médicamente, sin proporcionar al
paciente ayuda razonable y oportunidad suficiente para hacer los arreglos
alternativos para la atención.
2.
Derecho a la
libertad de elección
a. El paciente tiene derecho a eligir o cambiar
libremente su médico y hospital o institución de servicio de salud, sin
considerar si forman parte del sector público o privado.
b. El paciente tiene derecho a solicitar la opinión de
otro médico en cualquier momento.
3.
Derecho a la
autodeterminación
a. El paciente tiene derecho a la autodeterminación y a
tomar decisiones libremente en relación a su persona. El médico informará al
paciente las consecuencias de su decisión.
b. El paciente adulto mentalmente competente tiene
derecho a dar o negar su consentimiento para cualquier examen, diagnóstico o
terapia. El paciente tiene derecho a la información necesaria para tomar sus
decisiones. El paciente debe entender claramente cuál es el propósito de todo
examen o tratamiento y cuáles son las consecuencias de no dar su
consentimiento.
c. El paciente tiene derecho a negarse a participar en la
investigación o enseñanza de la medicina.
4.
El Paciente
inconsciente
a. Si el paciente está inconsciente o no puede expresar
su voluntad, se debe obtener el consentimiento de un representante legal,
cuando sea posible.
b. Si no se dispone de un representante legal, y se
necesita urgente una intervención médica, se debe suponer el consentimiento del
paciente, a menos que sea obvio y no quede la menor duda, en base a lo
expresado previamente por el paciente o por convicción anterior, que éste
rechazaría la intervención en esa situación.
c. Sin embargo, el médico siempre debe tratar de salvar
la vida de un paciente inconsciente que ha intentado suicidarse.
5.
El Paciente
legalmente incapacitado
a. Incluso si el paciente es menor de edad o está
legalmente incapacitado, se necesita el consentimiento de un representante
legal en algunas jurisdicciones; sin embargo, el paciente debe participar en
las decisiones al máximo que lo permita su capacidad.
b. Si el paciente incapacitado legalmente puede tomar
decisiones racionales, éstas deben ser respetadas y él tiene derecho a prohibir
la entrega de información a su representante legal.
c. Si el representante legal del paciente o una persona
autorizada por el paciente, prohíbe el tratamiento que, según el médico, es el
mejor para el paciente, el médico debe apelar de esta decisión en la
institución legal pertinente u otra. En caso de emergencia, el médico decidirá
lo que sea mejor para el paciente.
6.
Procedimientos
contra la voluntad del paciente
El diagnóstico o tratamiento se puede realizar contra la voluntad del
paciente, en casos excepcionales sola y específicamente si lo autoriza la ley y
conforme a los principios de ética médica.
7.
Derecho a la
información
a. El paciente tiene derecho a recibir información sobre
su persona registrada en su historial médico y a estar totalmente informado
sobre su salud, inclusive los aspectos médicos de su condición. Sin embargo, la
información confidencial contenida en el historial del paciente sobre una
tercera persona, no debe ser entregada a éste sin el consentimiento de dicha
persona.
b. Excepcionalmente, se puede retener información frente
al paciente cuando haya una buena razón para creer que dicha información
representaría un serio peligro para su vida o su salud.
c. La información se debe entregar de manera apropiada a
la cultura local y de tal forma que el paciente pueda entenderla.
d. El paciente tiene el derecho a no ser informado por su
solicitud expresa, a menos que lo exija la protección de la vida de otra persona.
e. El paciente tiene el derecho de elegir quién, si
alguno, debe ser informado en su lugar.
8.
Derecho al
secreto
a.Toda la información identificable del estado de salud,
condición médica, diagnóstico y tratamiento de un paciente y toda otra
información de tipo personal, debe mantenerse en secreto, incluso después de su
muerte. Excepcionalmente, los descendientes pueden tener derecho al acceso de
la información que los prevenga de los riesgos de salud.
b. La información confidencial sólo se puede dar a conocer
si el paciente da su consentimiento explícito o si la ley prevé expresamente
eso. Se puede entregar información a otro personal de salud que presta
atención, sólo en base estrictamente de "necesidad de conocer", a
menos que el paciente dé un consentimiento explícito.
c. Toda información identificable del paciente debe ser
protegida. La protección de la información debe ser apropiada a la manera del
almacenamiento. Las substancias humanas que puedan proporcionar información
identificable también deben protegerse del mismo modo.
9.
Derecho a la
Educación sobre la Salud
Toda persona tiene derecho a la educación sobre la salud para que la ayude
a tomar decisiones informadas sobre su salud personal y sobre los servicios de
salud disponibles. Dicha educación debe incluir información sobre los estilos
de vida saludables y los métodos de prevención y detección anticipada de
enfermedades. Se debe insistir en la responsabilidad personal de cada uno por
su propia salud. Los médicos tienen la obligación de participar activamente en
los esfuerzos educacionales.
10.
Derecho a la
dignidad
a. La dignidad del paciente y el derecho a su vida
privada deben ser respetadas en todo momento durante la atención médica y la
enseñanza de la medicina, al igual que su cultura y sus valores.
b. El paciente tiene derecho a aliviar su sufrimiento,
según los conocimientos actuales.
c. El paciente tiene derecho a una atención terminal
humana y a recibir toda la ayuda disponible para que muera lo más digna y
aliviadamente posible.
11.
Derecho a la
Asistencia Religiosa
El paciente tiene derecho a recibir o rechazar asistencia espiritual y
moral, inclusive la de un representante de su religión.
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Todo paciente tiene derecho a ser atendido, ante cualquier problema de salud puedes acudir a una clínica o centro especializado para recibir el tratamiento y cuidados que necesites. Si tienes varices o cualquier otro problema circulatorio, debes de acudir a una clínica vascular, recibir asesoramiento y seguir el tratamiento más adecuado para poder eliminarlas y prevenir la aparición de cualquier otro problema.
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