Las casetas del populoso mercado Mutualista en Santa Cruz comenzaron a quemarse la noche de ayer domingo, justamente al día siguiente de que los gremialistas anunciaron que no acatarán el anunciado paro de 48 horas decidido por la Gobernación y el Comité Cívico cruceños, a la cabeza de otras instituciones totalmente controladas por la derecha, como la Universidad Gabriel René Moreno. Aunque se desconocen las causas que originaron este desastre, llamó enormemente la atención que los pocos hidrantes de la zona no tenían agua, por lo que el fuego que inició en algunos puestos pudo extenderse rápidamente. Vanos fueron los esfuerzos de los comerciantes, que trataron de recuperar la mercadería que tenían en sus kioscos, arriesgando sus vidas. Con la llegada de los bomberos y colaboración de los mismos comerciantes se combatió el siniestro; luego, cuando arribó al lugar Luis Fernando Camacho, fue recibido con mucha hostilidad porque varios comerciantes abiertamente lo acusaron de estar detrás
El derecho es el intangible, no el sujeto o bien jurídico al que protege
Sin duda alguna vivimos un proceso de transición. Y en este tipo de procesos, la vigencia de lo que se quiere cambiar y el deseo de lo que se quiere lograr, conviven en el mismo espacio y tiempo. La vieja concepción no quiere morir y la nueva idea aún lucha por terminar de nacer.
Si escribiéramos como bohemios, estaríamos hablando de ese momento mágico en que te encuentras como en estado de gracia, pues si la noche es sinónimo de oscuridad y misterio, el alba constituye un momento de asombro respecto a la develación del secreto nocturno: es la hora en la que te sitúas más allá del bien y el mal.
Pero bohemia y política, no pueden llegar a tener una relación institucionalizada. Por eso en política no podemos situarnos por encima del bien y el mal.
Al promulgar una ley, pensamos que la ley sirve para regular a todos/as y su aplicación debe alcanzar al conjunto de seres humanos. Por consiguiente, la responsabilidad de promulgarla y sancionarla, implica un acto ético de desprendimiento, aún sea sean afectados los propios intereses.
Por eso, quienes promulgan las leyes no actúan de buena fe si en la letra chica, léase entre líneas, dejan candados que hacen que se cumpla el famoso adagio: “hecha la ley, hecha la trampa”.
Felizmente, las leyes están hechas de palabras y conceptos. Y también existe una jurisprudencia. Por tanto, la “interpretación” no es un acto bohemio, de “develación del misterio”.
Tampoco la aplicación de la ley, debe “interpretarse” a letra muerta. El espíritu de la ley, tan importante como la letra, constituye la historia y las luchas que la hicieron posible.
Quienes defendemos los derechos humanos, no podemos sino estar alertas a la manipulación de los mismos, mediante leyes, que los explique desde una perspectiva liberal, individualista, correspondiente a la noche republicana.
Es inconcebible que los derechos humanos, que se supone deben ser garantizados por el Estado, sufran interpretaciones que los caricaturizan y terminen protegiendo al Estado del ciudadano.
La intangibilidad, desde la perspectiva de los derechos humanos, habla del derecho mismo: el derecho es el intangible, no el sujeto o bien jurídico al que protege.
Dicho de otra manera, el derecho indígena es el intangible, no el territorio en que hace efectivo el conjunto de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y medioambientales de sus habitantes.
Cuando la intangibilidad se aplica hacia el entorno físico en que se desarrolla la vida de los indígenas, y no al derecho indígena mismo, enaplicación a letra muerta, debería significar la expulsión del territorio de los pueblos indígenas, para hacer posible la intangibilidad del territorio.
Entonces, en que quedarían todos los derechos humanos de los pueblos indígenas, constitucionalizados y protegidos por leyes específicas como en ningún otro país del planeta?
Nos toca exigir que no se los caricaturicen. Felizmente legislación nacional e internacional no faltan para defenderlos y hacerlos justiciables.
Pero esta definición tampoco debe llevarnos al concepto del territorio indígena como propiedad de los pueblos indígenas. Esta es también una lectura liberal sustentada en el concepto de la propiedad y su uso. Y ojo si existen empresas privadas que actúan al interior de los territorios, el Estado debe investigar y actuar.
Los derechos de los pueblos indígenas protegen el uso de los bienes del territorio de manera sostenible y sustentable… lo que no significa un uso “mercantilista” de sus bienes. El reglamento de la ley del TIPNIS, tendrá que tener un concepto muy claro de lo que significa el uso de áreas al interior del territorio.
La consulta previa, en el marco de los derechos humanos, significa precisamente la posibilidad de armonizar una norma para beneficio del conjunto de los ciudadanos, urbanos y rurales, indígenas y no indígenas. Consulta previa significa armonización de intereses. No permiso para que el Estado proceda.
La Ley del TIPNIS, ha permitido instalar en la agenda de las organizaciones sociales y de los defensores de derechos humanos, la necesidad de iniciar la discusión del patrón de desarrollo que debería aplicar el gobiernodel MAS.
Como articular el territorio indígena al conjunto del país?como mejorar la calidad de vida de los indígenas?, como usar los bienes no renovables al mismo tiempo que cuidarlos para las futuras generaciones?, son algunas de las preguntas indispensables, para no convertir los territorios indígenas en museos vivientes.
El Estado Plurinacional, consistente con la Constitución que lo forjó, lejos de cualquier expresión modernizadora, desarrollista y republicana, reclama un patrón de desarrollo en que los seres humanos y la naturaleza, alcancen un nivel de vida armónico, que nos permita a todos y todas, urbanos y rurales,indígenas y no indígenas VIVIR BIEN.
Fernando Rodriguez Ureña
Defensor de Derechos Humanos Económicos, Sociales y Culturales
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